La Constitución española de 1978 define el Estado como social y democrático de Derecho, pero, al mismo tiempo, con una organización territorial descentralizada en la que las Comunidades Autónomas mantienen un papel destacado: las actuaciones del Estado social tienen que ser realizadas por el Estado y por las Comunidades Autónomas, por lo que se trata de una cláusula de especial trascendencia en un Estado compuesto. Es necesario, por tanto, un equilibrio constitucional entre las competencias que corresponden al Estado y las que corresponden a las Comunidades Autónomas, ya que ambas entidades comparten las potestades públicas de ordenación y actuación de los procesos económicos y sociales.
Esta obra trata de considerar el Estado social definido en el artículo primero de la Constitución en el marco del Estado autonómico. Para ello realiza un estudio de los derechos sociales y de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas como elementos que pueden determinar el desarrollo del Estado social. Las Comunidades Autónomas se integran y concurren con el Estado central en las funciones prestacionales de los poderes públicos; ésta es la razón que lleva a determinar el contenido de esas competencias, tanto económicas como financieras y sociales, y a plantear si se corresponden con las demandas actuales.